Saber para prevenir | Lunes 01 de junio | Actualización 19 horas
El Ministerio de Salud y Ambiente informa que al momento, el total de casos acumulados en Santa Cruz es de 51 casos positivos a Coronavirus (COVID-19) los cuales 49 negativizaron al virus. Hasta el momento se descartaron 734 casos en la provincia de Santa Cruz.
En la provincia seis (6) localidades registran casos positivos desde el inicio de la pandemia COVID-19
- 34 El Calafate (34 altas definitivas)
- 7 Río Gallegos (6 altas definitivas)
- 6 Caleta Olivia (6 alta definitiva)
- 2 Puerto San Julián (1 alta definitiva)
- 1 Pico Truncado (1 alta definitiva)
- 1 Puerto Santa Cruz (1 alta definitiva)
De acuerdo a las muestras estudiadas de casos sospechosos resultaron
2 negativos Río Gallegos
1 negativo 28 de noviembre
2 negativos Puerto San Julián
Se procesaron 12 muestras de vigilancia de Rio Gallegos las cuales resultaron
1 positivo
11 negativas
En el contexto del Informe epidemiológico:
La provincia de Santa Cruz continúa en la fase de contención de la pandemia.
– Al día de hoy Santa Cruz no registra transmisión comunitaria.
– Los casos: 14 son importados y 36 por contacto estrecho con casos COVID-19 positivo. Un caso en estudio.
– La edad promedio 43 años, con mayor proporción en hombres (31) que en mujeres (20)
– En la provincia hay un total de 49 altas definitivas, tasa de alta 100%.
Importante:
Todas las personas que ingresaron a la provincia en estos días deben hacer cuarentena obligatoria durante 14 días, respetando los protocolos existentes en relación a las medidas de cuidado y prevención.
Las personas que se encontraban en cuarentena en las diferentes localidades por ingresar a la provincia bajo Declaración Jurada y que cumplieron con los días establecidos de cuarentena continúan cumpliendo el aislamiento social, preventivo y obligatorio según DNU 297/20.
Es importante respetar las normas preventivas y el aislamiento preventivo, social y obligatorio. Las autoridades sanitarias continúan realizando la investigación epidemiológica de los nuevos casos, con el fin de detectar los contactos estrechos para que cumplan el aislamiento con seguimiento diario establecido por protocolo.
Asimismo es fundamental reconocer si circuló o permaneció por zona definida con transmisión local, por conglomerado ó área de transmisión comunitaria en argentina: debe realizar la cuarentena Es necesario saber que si usted rompe la cuarentena y está en un proceso de incubación de la enfermedad o está en situación de portador asintomático, puede contagiar la misma a otras personas, incluyendo a la población de riesgo.
Limpieza del domicilio de la persona en cuarentena
- La ropa de cama, toallas, etc. de las personas enfermas debe ser lavada con los jabones o detergentes habituales a 60-90 °C y secada completamente para volver a utilizarla. Esta ropa debe colocarse en una bolsa bien cerrada hasta el momento de lavarla. No se debe sacudir la ropa antes de lavarla. Las personas que manipulen la ropa para su lavado deberán usar barbijo quirúrgico.
- Los cubiertos, vasos, platos y demás utensilios que no sean descartables (recomendable) se lavan con agua caliente y jabón.
- Las superficies que se tocan con frecuencia (mesitas de luz, muebles del dormitorio, etc.), las superficies del baño y el inodoro deben limpiarse y desinfectarse diariamente con un desinfectante doméstico que contenga lavandina diluida (1 parte de lavandina al 5% en 50 partes de agua) preparado el mismo día que se va a utilizar.
- En el caso de superficies que no sean aptas para la limpieza con soluciones de agua con detergentes o lavandina, como teléfonos celulares y teclados de computadoras, etc.; de ser aptos a limpieza con alcohol, utilizar solución alcohólica al 70%. De lo contrario utilizar productos aptos para ese fin.
- De ser necesario que otra persona se ocupe de la limpieza debe protegerse con guantes. Debe realizar higiene de manos antes y después de quitarse los guantes.
IMPORTANTE
El artículo 205 del Código Penal establece que será reprimido con prisión de seis meses a dos años al que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes para impedir la introducción o propagación del virus.
Quien no cumpliere con la obligación de aislamiento será pasible de una sanción aun cuando su accionar no produzca contagio o daño alguno a terceras personas.
Asimismo, el artículo 202 del Código Penal establece una pena entre 13 y 15 años de prisión a quienes propaguen una enfermedad peligrosa y contagiosa.
Síntomas
Si tenés fiebre con tos, con dolor de garganta, dificultad para respirar, distorsión del gusto o pérdida del olfato; o estuviste en algún país con circulación del virus o en contacto con algún caso confirmado no te automediques y consulta inmediatamente al sistema de salud.
Debido a la apertura para el ingreso de santacruceños y santacruceñas varadas en diferentes localidades del país se confeccionó desde el Ministerio de Salud y Ambiente un compromiso de responsabilidad destinado a toda persona que ingrese a la provincia de Santa Cruz. La misma está disponible en formato PDF en la web del Ministerio de Salud y Ambiente.